Un dato de carácter personal es el relativo a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables, señala nuestra legislación nacional. Se trata de una noción amplísima que deriva en la circunstancia que toda organización, pública o privada, unipersonal o colectiva, trata datos personales; al menos, de clientes, colaboradores y/o proveedores.
El tratamiento de datos personales se rige en Chile por la Ley N°19.628, de 1999, normativa que, con acotadas modificaciones, mantiene una estructura y alcance concebida en el contexto del siglo pasado.
Ha pasado mucha agua debajo del puente y dicho marco regulatorio se encuentra superado, entre otras razones, por los avances tecnológicos propios de la llamada cuarta revolución industrial, cuya inagotable capacidad de recoger, tratar, relacionar y explotar información privada desafía sostenidamente la efectividad de los instrumentos dispuestos para cautelar este derecho fundamental.
Con retraso respecto de las experiencias comparadas a nivel internacional y regional, nuestro Congreso Nacional avanza en la tramitación de un proyecto de ley que transforma el marco regulatorio.
Entre otros alcances se consagran principios de tratamiento acordes con las capacidades técnicas actuales; derechos de los titulares de datos personales alineados con los reconocidos en el ámbito comparado; estrictas obligaciones para los responsables del tratamiento; un régimen general de responsabilidad con graves sanciones que, en lo pecuniario, pueden llegar a las 10.000 UTM, es decir, más de 600.000.000 de pesos; y una autoridad de control, con amplias facultades de fiscalización y sanción, con lo cual, esta normativa viene dotada una institucionalidad con dientes suficientes para perseguir severamente su incumplimiento.
A la luz de este panorama, urge abordar, desde ya, el tránsito hacia una cultura de la protección de datos personales en toda organización, así lo demandará prontamente la institucionalidad legal y ya lo demandan ciudadanos cada vez más conectados, empoderados y conscientes de sus derechos, así como un contexto social que premia las buenas prácticas y repudia los abusos y vulneraciones a los derechos de las personas.