¿Tu modelo de prevención de delitos considera los riesgos derivados del tratamiento de datos personales?
Con la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.719 sobre protección de datos personales en diciembre de 2026, las organizaciones en Chile deben revisar sus modelos de prevención penal (Ley 20.393). Aunque la nueva ley no incorpora delitos base, los riesgos asociados a filtraciones, accesos indebidos o uso malicioso de datos pueden tener consecuencias penales indirectas y alto impacto reputacional.
Desde Exempla promovemos una visión de compliance transversal, donde los modelos de prevención penal y los programas de cumplimiento en protección de datos no operen como silos, sino como sistemas coordinados que comparten recursos, responsabilidades y mecanismos de respuesta.
📌 En esta publicación comparto una reflexión sobre cómo se articulan ambos regímenes, por qué deben integrarse y qué desafíos plantea su implementación práctica.
💬 ¿Estás actualizando tu modelo de prevención penal a la luz de la nueva ley de datos? ¿Cómo están abordando este desafío en tu organización?